Autoridades del Departamento Ejecutivo salieron ayer a aclarar que la empresa Cerro San Juan SA no está en condiciones de reanudar la actividad en la vieja cantera ubicada en la zona del Cerro de la Virgen, en contraposición a los fundamentos expuestos desde la firma.
Sobre las razones, afirmaron que el Plan de Desarrollo Territorial ?PDT- que comprende a todo el Partido de Tandil está vigente y establece que para ese sector el uso para cantera está prohibido.
En efecto, indicaron que este proyecto requiere una habilitación municipal, previa excepción del Concejo Deliberante, con lo cual los interesados en reactivar la minera no pueden comenzar a trabajar, más allá de que hayan argumentado que cuentan con el aval provincial para hacerlo.
En ese sentido, aclararon que la inscripción en el Registro de Productores Mineros "no los habilita a ejercer la actividad".
La aclaración llegó a raíz de las declaraciones de uno de los titulares de la firma, Gustavo Rodríguez, quien ratificó la versión volcada en estas páginas en relación a las instancias administrativas cumplimentadas y el respaldo otorgado por la Provincia.
El apoderado de Cerro San Juan SA revalidó el trámite iniciado, que les permitió acceder a un registro de productor minero que los habilitaría a iniciar la actividad, a la vez que destacó que el pedido efectuado ante el Concejo Deliberante para solicitar la habilitación por vía de excepción quedó en abstracto en función de una disposición provincial que deja sin efecto las restricciones que marca el PDT, y que solo resta contar con el aval en cuanto a seguridad e higiene que deberá otorgar el Municipio.
En paralelo, aseguró que a partir del viernes ya se encontrarían en condiciones de iniciar las tareas mientras que la planta estará operativa entre 45 y 60 días.
En contraposición a ello, las autoridades comunales salieron a aclarar que para poder funcionar la empresa necesita una habilitación municipal, previa excepción del Concejo Deliberante, y se encuentra "muy lejos" de obtenerla.
Los pasos administrativos
En conferencia de prensa, el secretario de Legal y Técnica, Andrés Curcio; el subsecretario de Coordinación, Juan Martín Pissani; y el director de Medioambiente, Héctor Creparula, fueron los encargados de aclarar las razones por las cuales la empresa Cerro San Juan SA no está en condiciones de iniciar la actividad.
En primer lugar, Pissani repasó los pasos administrativos hasta aquí iniciados por los titulares de la firma ante el Municipio.
Confirmó que en abril la empresa presentó un pedido de excepción en el Concejo Deliberante para comenzar a funcionar como cantera en el Cerro San Juan, cuyo expediente fue remitido al Ejecutivo para que las áreas técnicas se expidan sobre dicha solicitud.
Consecuencia de ello, indicó que el área de Desarrollo Urbano emitió un dictamen en el que marca que de acuerdo al PDT y por la ubicación se trata de un uso prohibido.
Pissani detalló que desde Jefatura de Gabinete se remitió ese dictamen al Concejo Deliberante, compartiendo ese criterio y anexando algunas consideraciones en relación a la documentación existente en ese expediente. Con posterioridad a ello, la firma presentó un desistimiento de la excepción, manifestando que a su entender no era necesaria porque contaban con la inscripción en el Registro de Productores Mineros de la Provincia.
Asimismo, los canteristas presentaron una solicitud de habilitación en el Ejecutivo, que está en trámite y que todavía no tuvo resolución.
Los alcances del registro
Seguidamente, Curcio se refirió a los alcances de la disposición 0136/2018 y aclaró que la misma "implica simplemente la aprobación de la inscripción de la cantera Cerro San Juan SA en ese registro de productores mineros. Ahora, según lo indica en su artículo segundo, esa inscripción no significa que se pueda ejercer la actividad, sino que para hacerlo deberá cumplimentar y respetar las normas de orden nacional, provincial e incluso municipal".
En ese sentido, recordó que el Municipio de Tandil cuenta con un Plan de Desarrollo Territorial ?PDT-, que fue dictado por ordenanza y aprobado por decreto provincial en 2007, con lo cual recalcó que "es una norma con relevancia suficiente como para pretender que una mera disposición conlleve a no tener que respetarla, o que la derogaría".
Sumado a ello, Curcio señaló que "la propia disposición que otorgan desde la Dirección de Desarrollo y Fiscalización Minera cita en sus considerando otras disposiciones de aplicación, entre ellas, el decreto de creación del registro que cuando uno lo lee advierte que el mismo se crea con algún fin estadístico para que haya un registro de productores mineros precisamente".
Notificación a Provincia
Entre los argumentos, mencionó también "la Resolución 169 de 2009, que tiene como principal objetivo readecuar el procedimiento de administración de canteras, pero además hay un artículo en el que se menciona la intervención desde la Dirección Provincial al Municipio por el término de 10 días".
En ese sentido, aclaró que "se habló de que el Municipio no respondió o que lo hizo tardíamente, diciendo que no había objeciones cuando en realidad lo que dice esa disposición es que cuando haya una inscripción en el registro de canteras la Dirección Provincial le comunicará al Municipio para que en 10 días informe si hay nuevas normas que aún no hayan sido aprobadas por la Provincia que tengan que ver con desarrollo urbano local".
Con lo cual, remarcó que "la Provincia está reconociendo la importancia de las normas locales en desarrollo urbano, es decir, del Plan de Desarrollo Territorial".
Y, por último, señaló que "hay una tercera disposición que hace a la subdivisión de lotes rurales, que técnicamente no es de la injerencia que se le quiere dar".
Autonomíamunicipal
Recalcó entonces que "acá hay autonomía municipal en cuanto a la habilitación, la propia cantera así lo ha entendido desde el momento en que pidió una excepción, aunque ahora ha desistido, y desde el momento en que también ahora está esperando una habilitación que podrá ser o no por parte del Municipio. Ya todos conocemos la respuesta del Ejecutivo".
Y, en caso de que se intentara avanzar, ratificó que la empresa necesitaría "sí o sí una excepción otorgada por el Honorable Concejo Deliberante. Con lo cual, queremos aclarar que la mera inscripción en el registro, no significa habilitación alguna. Por lo contrario, resta toda la parte local".
En tanto, el director de Medioambiente, Héctor Creparula, señaló que "cualquier actividad que quiera desarrollarse dentro del partido del Municipio, lo primero que hace es iniciar una habilitación comunal, más allá que tanto ésta como otras actividades después deban cumplimentar con normativas provinciales. Nunca es al revés".
Los próximos pasos
Finalmente, y ante la posibilidad de que los responsables de la firma acudan a la Justicia de no poder avanzar con las habilitaciones municipales, Curcio aclaró que por el momento "eso es hipotético" y, de arribar a esa instancia, desde el Ejecutivo analizarán de qué manera actuar.
"Ahora hemos evaluado la situación actual, hay un pedido de excepción que fue desistido y otro pedido de habilitación que está en trámite. Cuando eso culmine, veremos qué puede llegar a ocurrir", concluyó
El Eco