Catamarca: Proponen actualizar el código de minería de la provincia

  • 4 de octubre, 2018
La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de Ley de autoría del diputado Augusto Barros sobre la creación de una comisión redactora  para la modificación de los Códigos de Procedimientos Civiles y Comerciales, Penal, Minero y de Procedimientos Laborales de Catamarca.
Al fundamentar la iniciativa Barros expresó: "Conforme a la comprensión de esta dinámica jurídica que se va produciendo resulta necesario readecuar a las nuevas exigencias fundamentalmente en los Códigos de formas más utilizados pero también en aquellos que son parte y están vinculados con la provincia de Catamarca". En ese sentido, Barros detalló: "Si bien es cierto el Código Procesal por Ley 5097 ha modificado sustancialmente la Ley 2339 que es la primera Ley con la que se crea el Código de Procedimientos Civiles de la provincia, en realidad adhiriendo al Código de Procedimiento de la nación, no obstante ello este Código ha quedado retrasado en el tiempo en virtud de que en el año 2015 se ha modificado el Código Civil y Comercial de la nación unificándolo en un solo cuerpo y entendemos que debe ser readecuado a esta exigencia más las exigencias procedimentales que está exigiendo hoy la jurisdicción. Además de que cuenta con algún error formal en su redacción como repetir dos artículos referidos a las cuestiones de pronunciamiento previo de los jueces". "Por otra parte el Código Procesal Penal cuenta con una modificación en el año 2000, mejor dicho la reforma total bajo Ley 5097 y alguna modificación ha tenido en el año 2003 no obstante ello también cuenta primero con una diferencia respecto al paso del tiempo y además una construcción respecto, por ejemplo, a la justicia de ejecución que se encuentran desfasadas o porque en la redacción del Código Penal en su modificación total equivocadamente quedó establecida la justicia de ejecución administrativa y tuvo que continuar con la vigencia de la Ley provincial 4991 que es la de creación del fuero de ejecución penal", indicó. Asimismo señaló: "El Código de Minería data del año 1967 y entendemos que siendo una provincia de las características de Catamarca con un eje de desarrollo puesto en la minería es tiempo de que este Código se vaya acomodando a las exigencias en esta materia". "Finalmente, el Código Procesal Laboral o del Trabajo, como es denominado en Catamarca, tiene su origen en la Ley 1685 del año 1950 una modificación en el año 55 y de ahí estuvo estático hasta el año 1994 en la oportunidad que se crea el nuevo Código Procesal del Trabajo en Catamarca bajo Ley 4799 y en el subsiguiente se trató un veto parcial producido por el Ejecutivo y que lamentablemente se le dio número Ley al veto 1837", puntualizó. El Esquiú