Catamarca/ San José: ediles en contra del decreto para que Provincia disponga de las Regalías Mineras

  • 14 de mayo, 2020
Los concejales de Unidos por San José (Santa María), Luis Fernando Lagoria y Beatriz Flores, presentaron un proyecto de comunicación en el cual, en su primer artículo,  expresan y comunican al "Poder Ejecutivo y Poder Legislativo de la Provincia de Catamarca, especialmente a los señores legisladores que representan a nuestro departamento, la oposición e impugnación del Decreto Acuerdo N° 599 de fecha 02/04/2020, del Decreto Acuerdo N° 672 de fecha 29/04/2020, como de cualquier otra norma que se dicte en contraposición a las pautas de distribución establecidas por la Ley N° 5128". El Decreto Acuerdo Nº 599/20 es en el cual el Ejecutivo expresa que "dispónese que la Tesorería General de la Provincia será el organismo de percepción y distribución de regalías mineras, canon minero, derechos d

Los concejales de Unidos por San José (Santa María), Luis Fernando Lagoria y Beatriz Flores, presentaron un proyecto de comunicación en el cual, en su primer artículo,  expresan y comunican al "Poder Ejecutivo y Poder Legislativo de la Provincia de Catamarca, especialmente a los señores legisladores que representan a nuestro departamento, la oposición e impugnación del Decreto Acuerdo N° 599 de fecha 02/04/2020, del Decreto Acuerdo N° 672 de fecha 29/04/2020, como de cualquier otra norma que se dicte en contraposición a las pautas de distribución establecidas por la Ley N° 5128".

El Decreto Acuerdo Nº 599/20 es en el cual el Ejecutivo expresa que "dispónese que la Tesorería General de la Provincia será el organismo de percepción y distribución de regalías mineras, canon minero, derechos de explotación y todo recurso restante proveniente de la actividad minera", mientras que el Decreto N° 672 refiere que se derogue la ley nº 5128 de "Regalías mineras ? distribución y administración de los fondos recaudados por este concepto".

Asimismo, en el proyecto, los ediles sanjoseños facultan al Ejecutivo Municipal para que, "en el caso de que los instrumentos mencionados fueran ratificados por el Poder Legislativo de la Provincia de Catamarca o que la ley complementaria, readecuatoria o modificatoria de aquellos instrumentos menoscabara las pautas de distribución establecidas por la Ley N° 5128, los derechos resultantes del Art. 68 de la Constitución de la Provincia de Catamarca o la autonomía municipal, a dar inicio a las acciones judiciales que pudieran corresponder".

En los considerando, los ediles señalan que "surge evidente una afectación de la autonomía municipal, al establecer un nuevo sistema de utilización de los fondos de regalías mineras directamente por la Provincia, quien incluirá los recursos en su Presupuesto General y financiará los proyectos de inversión o productivos a efectuarse en el/los departamento/s sede del yacimiento o en la zona de influencia. De ese modo, el instrumento legal tiene el efecto de privar a los municipios de la percepción de los fondos correspondientes a regalías mineras, en base a las pautas de distribución que había consagrado la Ley N° 5128; e introducir esos fondos en Rentas de la provincia, siendo totalmente incierta la forma en que los mismos se utilizarán, pues ello no surge de las disposiciones generales y ambiguas del decreto".

Además, dicen que "los municipios no son meras dependencias o delegaciones burocráticas del Gobierno Provincial, sino que, por el contrario, son entes con personalidad y atribuciones propias, las que no pueden ser lesionadas por intromisión de una autoridad extraña, aunque sea el Gobierno Provincial".

El Esquiú