San Juan: Estos son los requisitos para ser un productor minero

  • 16 de junio, 2020
Cada persona física y/o jurídica que decida explotar, comercializar o industrializar un mineral en nuestra provincia debe cumplir con ciertas condiciones para hacerlo dentro del marco legal. Conocé cuales son. Estos son los requisitos para ser un productor minero La provincia tiene más del 80% de su territorio con cordones montañosos, lo que la convierte en dueña de una riqueza minera

Cada persona física y/o jurídica que decida explotar, comercializar o industrializar un mineral en nuestra provincia debe cumplir con ciertas condiciones para hacerlo dentro del marco legal. Conocé cuales son.

Estos son los requisitos para ser un productor minero

La provincia tiene más del 80% de su territorio con cordones montañosos, lo que la convierte en dueña de una riqueza minera metalífera y no metalífera única en la Argentina. Estos recursos pertenecen al estado, sin embargo el Ministerio de Minería como autoridad de aplicación tiene la autoridad de entregar la concesión de los mismos para su explotación.

Existen tres figuras legales por las cuales se puede ejercer la actividad minera en San Juan. Una de ellas es la de productor, es toda persona física y/o jurídica que denuncia una mina de 1° o 2° categoría o una cantera de 3° categoría, explota y vende el mineral. El comerciante es aquel que compra y vende minerales, sin participar de la explotación. Y por ultimo el industrial minero es aquel que explota el recurso modificando su estado natural. Cada uno de ellos debe cumplir con una serie de requisitos que se detallan a continuación.

Productor minero:

La solicitud de inscripción debe contener los siguientes requisitos (Formulario provisto por dirección de Minería Según Ley 6531/92:

a) Nombre o Razón Social y domicilio del solicitante en la provincia de San Juan.

b) Domicilio de la Administración Principal, constituir domicilio Legal dentro de los 2 Km del radio del Ministerio de Minería.

c) Inscripción D.G.R. - Nº: C.U.I.T.

d) Nombre de la mina, cantera, explotación

e) Ubicación de la cantera en coordenadas Gauss Krugers Posgar 94 según Resolución 260/ 2011 del Consejo de Minería.

f) Sustancias minerales que extraen.

g) Resolución de Concesión de las Minas de 1 ra y 2 da categoría.

h) En caso de minerales de tercera categoría deberá presentar copia de escritura pública debidamente certificada por Escribano Publico, y/o copia de contrato de arrendamiento u comodato debidamente certificadas, plano actualizado del inmueble debidamente visado por la Dirección de Geodesia y Catastro así mismo se deberá adjuntar coordenadas de la cantera en Gauss Kruger Posgar 94, según Resolución 260/2011 del Consejo de Minería.

i) Haber presentado el Informe de Impacto ambiental (I.I.A.) correspondiente.

j) Tratándose de posesión veinteañal se debe acreditar estado de la misma mediante un certificado emitido por el Juzgado donde tramita la misma indicando si ha culminado la publicación de edictos y el termino para oponer excepciones debe consignarse por el Juzgado el estado actual del trámite.

k) Tratándose de una mina de 1 o 2 categoría debe presentar concesión otorgada por el Consejo de Minería.

l) Tratándose de una S.A debe traer constitución en escritura pública debidamente certificada por Escribano Publico, con la respectiva inscripción en el Registro Público de Comercio, si es una SRL debe presentar contrato de la misma cuya copia debe encontrarse certificada por escribano público, con su respectiva inscripción en el Registro Público de Comercio

Para la reinscripción: Debe presentar la declaración jurada de producción del año anterior y haber presentado actualización del Informe de Impacto ambiental (I.I.A.) en caso de que el mismo se encuentre vencido y las correspondientes guías del periodo anterior o concluido.

Comerciante de minerales

La solicitud de inscripción debe contener los siguientes requisitos (Formulario provisto por dirección de Minería Según Ley 6531/92:

a) Nombre o Razón Social y domicilio del solicitante en la provincia de San Juan.

b) Domicilio de la Administración Principal, constituir domicilio Legal dentro de los 2 Km del radio del Ministerio de Minería.

c) Inscripción D.G.R. - Nº: C.U.I.T.

d) Sustancias minerales que, comercializan.

e) Deben presentar guías de tránsito de los productores a quienes les compran el mineral

f) Debe acreditar con guías de tránsito a la empresa y /o persona física que compra el mineral para comercializar.

G) Tratándose de una SRL debe acreditar contrato social e inscripción en el Registro Público de Comercio, dichas copias certificadas por Escribano Publico, si es una S.A copia de constitución de la misma certificada por Escribano Publico con su respectiva inscripción.

Para la reinscripción: Debe presentar la declaración jurada de comercialización del año anterior y haber presentado las correspondientes guías del periodo anterior o concluido.

Industrial minero

La solicitud de inscripción debe contener los siguientes requisitos (Formulario provisto por dirección de Minería Según Ley 6531/92:

a) Nombre o Razón Social y domicilio del solicitante en la provincia de San Juan.

b) Domicilio de la Administración Principal, constituir domicilio Legal dentro de los 2 Km del radio del Ministerio de Minería.

c) Inscripción D.G.R. - Nº: C.U.I.T.

d) Nombre del establecimiento.

e) Ubicación de la industria en coordenadas Gauss Krugers Posgar 94 según Resolución 260/ 2011 del Consejo de Minería.

f) Sustancias minerales que insuatrializan.

g) Deberá acreditar: titularidad del inmueble mediante copia de escritura debidamente certificada, caso contrario contrato de arrendamiento o comodato de la industria, plano visado por la Dirección de Geodesia y Catastro del inmueble, ubicación de la industria en coordenadas Gauss Krugers Posgar 94.

h) En caso de tratarse de posesión veinteañal debe acompañar certificado del Juzgado donde tramita la misma el cual debe contener que haya pasado la etapa de publicación de edictos, el tiempo de iniciación de la posesión, y si a habido o no oposición a la misma por terceros.

i) Haber presentado el Informe de Impacto ambiental (I.I.A.) correspondiente.

j) Tratándose de una S.A debe traer constitución en escritura pública debidamente certificada por Escribano Publico, con la respectiva inscripción en el Registro Público de Comercio, si es una SRL debe presentar contrato de la misma cuya copia debe encontrarse certificada por Escribano público, con su respectiva inscripción en el Registro Público de Comercio

Para la reinscripción: Debe presentar la declaración jurada de producción del año anterior y haber presentado actualización del Informe de Impacto ambiental (I.I.A.) en caso de que el mismo se encuentre vencido y las correspondientes guías del periodo anterior o concluido.

Servicio informativo provincia de San Juan