El Consejo Mundial del Oro publica unos principios para aumentar la confianza de los inversores

  • 7 de agosto, 2020
Como parte de su labor didáctica y formativa sobre el mercado del oro, el Consejo Mundial del Oro acaba de publicar sus ?Principios para la Inversión Minorista en Oro?, destinados a aumentar la confianza de los inversores que se incorporan a este mercado y ofrecerles las máximas garantías. por José Ángel Pedraza El pasado 5 de agosto, el Consejo Mundial del Oro publicó sus ?Principios para la Inversión Minorista en Oro?, elaborados conjuntamente co

Como parte de su labor didáctica y formativa sobre el mercado del oro, el Consejo Mundial del Oro acaba de publicar sus ?Principios para la Inversión Minorista en Oro?, destinados a aumentar la confianza de los inversores que se incorporan a este mercado y ofrecerles las máximas garantías.

por José Ángel Pedraza

El pasado 5 de agosto, el Consejo Mundial del Oro publicó sus ?Principios para la Inversión Minorista en Oro?, elaborados conjuntamente con diversos participantes en este mercado, con los que pretende "aumentar la confianza de los inversores minoristas en el oro".

Como explican en la introducción del documento, la inversión en oro se ha popularizado durante las dos últimas décadas: "La demanda de oro de inversión ha crecido a una media anual del 15% desde 2001. Hoy día, los inversores minoristas poseen cerca de 40.000 toneladas de oro, valoradas en unos dos billones de dólares".

Las fórmulas para invertir en oro se han multiplicado en los últimos tiempos, con la llegada de los ETF y el oro ?tokenizado?, ambos sometidos a una regulación estricta. Sin embargo, desde el Consejo Mundial del Oro recuerdan que la gran mayoría de las inversiones minoristas siguen siendo en productos no regulados, como lingotes, monedas y joyas de inversión, o productos numismáticos.

Según una encuesta realizada por esta organización entre 18.000 consumidores de todo el mundo, uno de los principales obstáculos a la inversión en oro es la falta de confianza de los inversores debido a la ausencia de regulación.

Para afrontar este problema, el Consejo Mundial se ha puesto a trabajar con los diversos participantes en el mercado y con diversos organismos oficiales, junto a los que ha elaborado estos principios que ahora se publican.

Los siete principios

Los Principios publicado por el Consejo Mundial del Oro son siete: Justicia e integridad; Transparencia; Protección de los activos del cliente; Procedencia responsable del oro; Cumplimiento normativo; Prudencia comercial; y Profesionalidad.

1.- Justicia e integridad: "El proveedor deberá tratar de forma justa a los clientes y actuar con integridad, proporcionándoles información y un servicio adecuados hasta que se complete la transacción".

Según el desarrollo de los principios, esto debe incluir una información clara sobre las características del producto, incluyendo advertencias y potenciales riesgos, y evitando presionar a los clientes o utilizar con ellos técnicas de manipulación.

También incluye la educación y formación sobre los productos y sobre el oro en general, así como la aplicación de unas tarifas adecuadas y claridad sobre las transacciones, sus condiciones y fechas de cumplimiento.

2.- Transparencia: "El proveedor deberá ser transparente con los precios y condiciones, y proporcionar toda la información relativa a las características de los productos".

Esto incluye tanto la transparencia sobre las tarifas, términos y condiciones, para que los clientes puedan prestar un consentimiento informado, como información sobre la propia empresa comercializadora, incluyendo los aspectos de seguridad.

3.- Protección de los activos de los clientes: "El proveedor deberá ofrecer una protección adecuada al oro y otros activos de los clientes, incluyendo la custodia del dinero en efectivo en su nombre".

En el desarrollo de este principio, el Consejo Mundial del Oro se refiere al oro que ha sido adquirido por el cliente pero no ha sido recogido o entregado, al oro que está en proceso de envío o a la custodia del dinero pagado por el cliente antes, durante o después de la transacción.

El Consejo recomienda contar con los seguros apropiados para las operaciones comerciales.

4.- Procedencia responsable del oro: "El proveedor deberá asegurarse de que el oro que comercializa procede de fuentes completamente dignas de confianza y que cumplen los Criterios Medioambientales, Sociales y de Buen Gobierno" (ESG, por sus siglas en inglés).

Esto incluye asegurarse de que el oro sea de la máxima calidad y auténtico, verificable tanto por los clientes como por otros participantes en el mercado.

Los comerciantes también deben monitorizar constantemente a sus proveedores, para asegurarse de que son totalmente dignos de confianza y cumplen los estándares establecidos por el propio Consejo Mundial del Oro.

5.- Cumplimiento normativo: "El proveedor deberá respetar todas las regulaciones y normativas locales que sean de aplicación".

Esto implica el cumplimiento de la regulación relativa a la detección de actividades relacionadas con el blanqueo de capitales, el mantenimiento de los archivos y registro de los datos de los clientes, y el cumplimiento de las normas relativas a la protección del consumidor, fiscalidad, regulación de los servicios financieros y protección de datos.

6.- Prudencia comercial: "El proveedor no debe asumir riesgos excesivos y tiene que estar preparado para diversas eventualidades, incluyendo el desmantelamiento de la propia empresa".

El desarrollo de este principio detalla la necesidad de contar con los recursos financieros necesarios para responder a las posibles reclamaciones de los clientes, incluyendo también un fondo para imprevistos.

También se exige limitar las posiciones de riesgo en los mercados o en divisas extranjeras, para que los activos de los clientes o las operaciones de la empresa no se vean comprometidas.

Por último, se exige tener dispuesto un plan de desmantelamiento de la empresa, para eliminar o minimizar el perjuicio a los clientes en caso de una salida involuntaria del mercado o de la quiebra de la compañía.

7.- Profesionalidad: "El proveedor deberá llevar su negocio con la debida habilidad, diligencia y gestión de los riesgos".

Para ello, es necesario identificar los riesgos que amenazan a los clientes y monitorizarlos, asegurándose de la protección física de los activos y de la infraestructura de la información, así como de la protección de los datos sensibles.

Los proveedores deben contar con una protección adecuada frente a posibles amenazas a la seguridad cibernética o fallos en los sistemas informáticos.

También deben elegir proveedores de servicios profesionales y adecuados, establecer claramente los términos del contrato y vigilar su cumplimiento.

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