San Juan/regalías mineras: Se acabó el gasto corriente para los municipios

  • 4 de noviembre, 2020
En el marco del Acuerdo San Juan, decidieron unificar los criterios de la ley de Regalías Mineras y pondrán en función la obligación para las comunas de no gastar el dinero de las regalías en sueldos ni gastos corrientes.  Por Lucas Laciar Este martes, los legisladores provinciales definieron en reunión de labor parlamentaria que en la próxima sesión ordinaria de la Cámara de Diputados abordarán el Proyecto de Ley enviado por el Poder Ejecutivo mediante mens

En el marco del Acuerdo San Juan, decidieron unificar los criterios de la ley de Regalías Mineras y pondrán en función la obligación para las comunas de no gastar el dinero de las regalías en sueldos ni gastos corrientes.  Por Lucas Laciar

Este martes, los legisladores provinciales definieron en reunión de labor parlamentaria que en la próxima sesión ordinaria de la Cámara de Diputados abordarán el Proyecto de Ley enviado por el Poder Ejecutivo mediante mensaje Nº 115, por el que se modifica el artículo 17 de la Ley Nº 716-M, Regalías Mineras. En este artículo se define como se dividirán los fondos generados por la actividad minera en la provincia y para qué se van a usar. Y si bien el proyecto se presenta como una modificación, lo único que se hará será especificar que gastos son corrientes y cuáles no  ya que no se pueden usar esos fondos para gastos corrientes.

"Esto surgió del Acuerdo San Juan, una de las cosas que más se manifestó fue el tema de en qué se utilizan las regalías mineras. Si bien ya estaba modificada desde el 2007 la ley que regula los gastos de estos fondos, con la mirada de generar empleo, se une y sale como proyecto ", explicó el titular de la Comisión de Minería de la Cámara de Diputados, Eduardo Cabello.

En ese sentido, el diputado explicó que desde 2007 que no se pueden usar fondos para gastos corrientes en los municipios y lo que ahora se va a hacer, es aclarar y especificar cuáles son, "no se van a modificar los porcentajes de lo que se reparte", indicó el legislador, mientras aclaró que "antes estaba igual la repartición y el tema de para qué se usa ese dinero, pero no estaba la asignación específica para hacer gastos y no para gastos corrientes".

En este contexto señaló que "todo lo que se invierta con los fondos de la Regalías Mineras, tiene que ser para un beneficio de la sociedad en general. Con esto, se pone un freno a los intendentes para que no tengan gastos corrientes".

Además, el legislador explicó que esto no va a traer reducciones o modificaciones en los ingreso de departamentos mineros como Iglesia, sino que regirá para los proyectos que comenzaron después del 2007, podían ser: "El Pachón, Josemaría, y los que surjan a futuro".

Además, altas fuentes del Gobierno, indicaron que se viene un mayor control por parte de los ministerios a los municipios que reciben regalías mineras, para que los gastos sean aplicados a lo que dice el artículo 17 de la mencionada la ley: "Los recursos asignados a favor del municipio, no podrán ser destinados a gastos de erogaciones corrientes, salvo erogaciones corrientes que puedan ser exceptuadas por el decreto reglamentario de la presente".

Cabe destacar que un departamento hiso  un uso bastante cuestionado de estos fondos y eso ya no podrá pasar: Se trata de Iglesia, donde en la gestión anterior, el Intendente Marcelo Marinero llegó a tener cerca de 3000 contratados, a los que se les pagaba con los fondos mineros.

Según el artículo 17 de la Ley Nº 716-M, los fondos de las regalías mineras deben distribuirse de la siguiente manera:

a) Para Rentas Generales de la Provincia le corresponderá el setenta por ciento (70%).

b) Para la Municipalidad donde tenga su asiento el yacimiento minero le corresponderá el veinte por ciento (20%).

c) Para la Dirección de Minería, le corresponderá el diez por ciento (10%).

Diario EL Zonda