Chubut: La adhesión al RIGI será sin minería en la provincia

  • 7 de agosto, 2024
Este martes se envió el proyecto para que sea tratado por los diputados; deja expreso que la minería metalífera seguirá sin permitirse en Chubut y que sigue vigente la Ley 5001.

En la tarde de este martes tomó ingreso formal a la Legislatura del Chubut el proyecto de Ley 175/24 enviado por el Poder Ejecutivo, por el que se impulsa la adhesión de Chubut al Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI), que fuera aprobado por el Congreso de la Nación.

La iniciativa, y ante toda especulación al respecto, deja expresamente aclaro que la adhesión al RIGE excluye cualquier posibilidad de avanzar con la actividad minera metalífera en el territorio provincial y que sigue prohibida con la vigencia de la Ley Provincial 5001. 

Se espera que el proyecto enviado por el Ejecutivo tome estado parlamentario en la próxima sesión legislativa, suscitando el debate correspondiente. Sin embargo, desestimada cualquier posibilidad de habilitar la actividad minera metalífera se estima que tendrá acompañamiento al menos mayoritario. Tanto diputados del oficialismo como de la oposición reconocieron que Chubut necesita inversiones importantes y que esta puede ser una herramienta para tal fin.

El proyecto

El proyecto de Ley enviado por el Poder Ejecutivo a la Legislatura consta de cinco artículos:

?? Artículo 1° Adherir al “Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI)” que establece la Ley Nacional N° 27.742, en su Título VII, Capítulo I, artículos del 164 a 228, inclusive.

?? Artículo 2° “Excluir de la adhesión dispuesta en el artículo 1° las actividades mineras prohibidas por la Ley XVII N° 68”.

?? Artículo 3° “El Ministerio de Producción o el organismo que institucionalmente lo reemplace, será la autoridad de aplicación en todo lo atinente a las competencias correspondientes a la Provincia del Chubut para la aplicación del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI)”.

?? Artículo 4° “Invitar a los Municipios a adherir al Título VII, Capitulo I, artículos del 164 al 228 de la Ley Nacional No 27.742 y a la presente ley”.

?? Artículo 5° Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Los fundamentos para adherir al RIGI

En cuanto a los fundamentos presentado por el Gobierno de Chubut para que tenga acompañamiento de los diputados la adhesión al RIGI, se plante que ese sistema “constituye un mecanismo para promover inversiones del sector privado de gran escala en sectores estratégicos de la economía, con la finalidad de revertir la falta de crecimiento y desarrollo de nuestro país”.

 “El ingreso per cápita de la Argentina lleva años de estancamiento y uno de los principales factores que ha provocado ese resultado está dado por la falta de inversión privada”, se indica en el proyecto.

“La Argentina ha venido perdiendo densidad empresarial y ello ha repercutido en una dificultad creciente para crear empleo en el sector privado. Está claro que sin inversiones privadas en la economía real y sin empresas no será posible crear puestos de trabajo de calidad y buena remuneración”.

“No podemos seguir un camino en cual el PBI no crece en la misma proporción que la población y en el cual la única respuesta de la dirigencia política ha sido hasta acá multiplicar de modo exponencial el empleo público y los programas de asistencia social”, se esgrime en los fundamentos.

Más adelante se indica: “Debemos apostar al desarrollo y para ello hay que facilitar las inversiones privadas tal como lo viene haciendo este Gobierno provincial con las iniciativas de promoción de las inversiones turísticas y de la industria naval. Solo así podrá respetarse la dignidad de las personas que quieren incorporarse al mercado de trabajo para forjar su propio destino sin depender de ningún tipo de favor político”.

Se argumenta la necesidad de “revertir los escandalosos e inaceptables indicadores de pobreza que hoy existen en nuestro país y que dan lugar a una situación inexplicable para un país con el potencial y la historia de la Argentina”.

Es por ello que, “el Régimen de Incentivo para las Grandes Inversiones se presenta como una herramienta que va en el mismo sentido que propicia este gobierno Provincial, en este caso para las inversiones de gran escala en sectores estratégicos, en muchos de los cuales la Provincia del Chubut tiene ventajas comparativas y competitivas indiscutibles, tal el caso del petróleo, gas, energía, forestoindustria, turismo e infraestructura”.

 “La necesidad de tratar la adhesión a la que invita el artículo 224 de la ley Nacional N°27.742 no puede ser postergada ya que el régimen tiene un plazo de vigencia acotado a dos años contados a partir de su entrada en vigencia”, indica el texto.

En la parte final señala: “Convencido entonces de que debemos propiciar y sostener todos aquellos instrumentos legales que propendan a engrandecer y desarrollar nuestra provincia pongo a consideración de esa Honorable Cámara el adjunto proyecto de ley”.

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