Domingo 29 de septiembre de 2024

Catamarca: Impactos ambientales

  • 25 de febrero, 2020
Aunque aún falte el fallo, la pericia encargada a la Universidad Nacional de Córdoba en la causa por el daño ambiental inferido al emblemático paisaje de la Cuesta del Portezuelo, con un tendido eléctrico destinado  a alimentar la televisión pública, es lo suficientemente lapidaria como para condenar al Estado provincial desde el punto de vista político. El análisis confirma lo afirmado por el denunciante, Eduardo Aroca, y lo constatado por El Ancasti en cuanto a la irregularidad administrativa del trámite que habilitó modificar la traza establecida en la licitación, que la fir

Aunque aún falte el fallo, la pericia encargada a la Universidad Nacional de Córdoba en la causa por el daño ambiental inferido al emblemático paisaje de la Cuesta del Portezuelo, con un tendido eléctrico destinado  a alimentar la televisión pública, es lo suficientemente lapidaria como para condenar al Estado provincial desde el punto de vista político.

El análisis confirma lo afirmado por el denunciante, Eduardo Aroca, y lo constatado por El Ancasti en cuanto a la irregularidad administrativa del trámite que habilitó modificar la traza establecida en la licitación, que la firma adjudicataria había aceptado sin objeciones.

Más allá del caso específico de la Cuesta del Portezuelo, el incidente judicial exhibe una improvisación inquietante en la administración provincial, que impregna otras áreas.

Del análisis de la pericia se desprende que el problema principal, del que deviene la responsabilidad del Estado en los perjuicios, pasa por el hecho de que un funcionario de rango menor habilitó que la línea atravesara la cuesta sin imponerle a la empresa la más mínima condición. La firma, Gaviola, había competido para tender la línea prácticamente con la misma trayectoria que tiene, un camino de herradura que trepa el Ancasti más o menos a la altura del Aeropuerto Felipe Varela. Ganado el negocio, pidió y consiguió el traslado a la Cuesta. Esto es: se hizo de una obra de determinadas características de costos y dificultades y le concedieron hacer otra diferente, sin necesidad de una nueva licitación. Por decoro, se omitirán especulaciones sobre los motivos que llevaron a los funcionarios intervinientes a autorizar semejante aberración. Quizás en la causa judicial se ordenen las indagaciones pertinentes.

Lo más relevante es que la firma no hizo un informe de impacto ambiental en el que se considerara la incidencia de sus trabajos sobre un paisaje que la propia Provincia, a través de su Legislatura, había declarado patrimonio cultural, y que el Estado prestó su aquiescencia parta esta omisión vaya a saberse por qué.

Nótese el detalle: el inconveniente no es la trayectoria de la traza en sí, sino que no se la proyectara teniendo en cuenta que era necesario preservar el más emblemático de los paisajes catamarqueños. Esto es: como era una nueva obra, debiera haberse organizado otra licitación, pero los responsables de la irregular maniobra ni siquiera contemplaron que por lo menos, aunque sea para disimular y que su proceder ilícito no fuera tan ostensible, tenían que requerirle a la constructora beneficiaria un informe de impacto ambiental adecuado. Tanta fe tenían en la impunidad que no se preocuparon por tomar tan elemental recaudo.

Como consecuencia de esta improvisación o venalidad, el Estado queda expuesto a que la Justicia le ordene reparar los daños ya perpetrados en la Cuesta.

Es como para pensar que esto de los informes de impacto ambiental es un karma. El acueducto en el río Los Patos, en Antofagasta de la Sierra, también es objeto de litigio judicial por supuestos defectos en la aprobación de su informe de impacto ambiental por parte de la Secretaría de Minería, hoy elevada al rango de Ministerio.

Según la denuncia del cacique Román Guitián, de la comunidad originaria Atacameños del Altiplano, Minería dio luz verde a los trabajos de la empresa Livent en forma "condicionada", decisión que llama la atención debido a que en 2016 la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en un expediente abierto contra Minera Agua Rica, determinó que esta forma de aprobación de los informes de impacto ambiental es incorrecta.

Por supuesto, la jurisprudencia no es pétrea y está sujeta a interpretaciones y cambios.

No obstante, dado el precedente, no deja de ser curioso el empecinamiento del funcionariato local en abstenerse de cuidados al momento de evaluar los efectos en el medo ambiente de las acciones que autorizan

El Ancasti

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