Sábado 28 de septiembre de 2024

Jujuy: El Gobierno de la provincia denunció penalmente a EXAR

  • 27 de julio, 2020
El Gobierno de la Provincia denunció en el fuero Penal a la minera EXAR, por considerarla penalmente responsable de la cadena de contagios masivos, resultante de la expresa y temeraria decisión de la empresa de no cumplir la normativa sanitaria de prevención de la enfermedad y por las omisiones, incumplimiento y falta de control del Procedimiento Preventivo de Bioseguridad presentado voluntariamente por la misma denunciada ante el Comité Operativo de Emergencia. La denuncia especifica que la causa fundamental que generó y potenció las posibilidades de contagios en el ámbito de la empresa y las comunidades, además del incumplimiento y omisiones puntuales de medidas de protocolo y de pur

El Gobierno de la Provincia denunció en el fuero Penal a la minera EXAR, por considerarla penalmente responsable de la cadena de contagios masivos, resultante de la expresa y temeraria decisión de la empresa de no cumplir la normativa sanitaria de prevención de la enfermedad y por las omisiones, incumplimiento y falta de control del Procedimiento Preventivo de Bioseguridad presentado voluntariamente por la misma denunciada ante el Comité Operativo de Emergencia.

La denuncia especifica que la causa fundamental que generó y potenció las posibilidades de contagios en el ámbito de la empresa y las comunidades, además del incumplimiento y omisiones puntuales de medidas de protocolo y de pura lógica por todos conocidas y ampliamente difundidas en el mundo, tiene que ver con la decisión empresaria de los directivos y ceos de mantener y no reducir durante la emergencia, la dotación de trabajadores  sino sostenerla en un número cercano a los 1.000 trabajadores, sobre un total de 1.100 que allí se desempeñan habitualmente.

Advierte además, que esta decisión incumple lo previsto en Art. 4 Punto 2 de la Resolución N° 036-MTyE/ 2020, que impone a las empresas a que durante la emergencia se organice el trabajo de modo que se reduzca el número de empleados al 50%, estableciendo reglas para evitar y reducir la frecuencia y el tipo de contacto persona a persona.

En esta línea argumental, puntualiza que la regla básica fundamental, tanto en instituciones públicas como privadas, empresas y asociaciones, es y sigue siendo bajar considerablemente (la norma establece por lo menos un 50%) la cantidad de trabajadores y por lo tanto la reducción del ritmo de actividades de este tipo con gran cantidad de personas en el campamento.

Cabe consignar, que otras empresas del rubro que operan en la provincia, tales como Sales de Jujuy, Mina Pirquitas, Mina El Aguilar, entre otras, redujeron su planta de trabajadores durante la emergencia, cumpliendo con la normativa preventiva citada, sumando la realización de procedimientos muy estrictos de testeos de su personal.

Por tal motivo, la principal responsabilidad penal le cabe al órgano directivo de la empresa y ceos de EXAR, quienes tomaron la decisión corporativa de mantener el número de trabajadores activos de la planta habitual y aglomerar así la mayor cantidad de trabajadores en contra de las recomendaciones, exigencias y prácticas adoptadas por el resto de las empresas dedicadas a la minería.

Asimismo, señala que la decisión empresaria ocasionó directamente un aumento de contagios en el campamento y, por consiguiente, el riesgo a que expusieron a sabiendas a trabajadores y comunidades. Es oportuno recordar, que hasta el momento de detectarse el primer contagio en EXAR y la sucesión lógica de nuevos contagios las comunidades y todo el Departamento, Susques no registraba casos positivos de COVID-19, agravando también la situación epidemiológica en toda la provincia. Es más, las comunidades de la zona y pueblos originarios, a diferencia de la empresa, venían cuidando y adoptando todas las medidas de bioseguridad.

Los referidos incumplimientos son imputables a los responsables y gerentes de la empresa, cuya función era la de garantizar e implementar en el ámbito laboral y en la operatoria cotidiana, la observancia de los procedimientos y normas de prevención referidas, con especial atención las relacionadas a evitar la aglomeración de personas, mantener el distanciamiento social, obligatoriedad del uso de elementos de protección personal (EPP) y barbijo, y a toda medida de bioseguridad laboral.

Prensa Gobierno de Jujuy

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